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La Suprema anula sentencias emitidas por tribunales de SFM que descargaron a dos ex funcionarios del pasado gobierno • Mercedes Pérez Las sentencias que emitieron dos tribunales de justicia de esta ciudad de San Francisco de Macorís fueron anuladas por la corte penal de la Suprema Corte de Justicia que al propio tiempo ordenó un nuevo juicio comenzando desde cero en un tribunal de la provincia de Santo Domigo. Los ex funcionarios que deberán someterse al nuevo proceso judicial son los señores René Ledesma quien se desempeñó como subsecretario de Medio Ambiente y Rosendo Arceno Rodríguez Borges quien fue director de la Autoridad Portuaria Dominicana. La sentencia número 166, del alto tribunal del país anulando las sentencias que evacuaron los tribunales de esta ciudad, se dió a conocer el lunes 9 de junio en curso. El jueves 20 de julio de 2006 el primer tribunal colegiado del distrito judicial de Duarte descargó a los ex funcionarios con un No Ha Lugar al considerar que no se presentaron las pruebas suficientes. Ambos están acusados de permitir la entrada al país de los desechos tóxicos conocidos como rockash y el depósito de estos en la comunodad Arroyo Barril de Samaná, en violación a las leyes 64-00 de medio ambiente y la 218 que prohiben la introducción al país de basuras y desechos químicos, entre otros. Ledesma y Rodríguez Borges fueron absueltos por las magistradas Saturnina Rojas, Wendy Valdez e Indhira Paulino. La sentencia fue apelada por la Procuraduría de medio ambiente y recursos naturales ante la Corte Penal de esta ciudad la cual la ratificó el 14 de agosto del 2007. No conforme con la ratificación de la Corte, las entidades ambientalistas, entre ellas: el Instituto de Abogados para la protección del Medio Ambiente, Mundo Ecológico, la junta de vecinos de Arroyo Barríl, Samaná, entre otras, llevaron el caso hasta la última instancia, mediante recurso de casación, el cual acogió la Suprema Corte de Justicia que, finalmente, determinó que hubo deficiencia y errores en las motivaciones presentadas por la corte penal de San Francisco de Macorís. La decisión de anular las sentencias emitidas por la justcia de San Francisco de Macorís la tomaron los jueces Hugo Alvarez Valencia, presidente; Julio Ibarra Ríos, Edgar Hernádez Mejía y Dulce Rodríguez de Góris, quienes ordenaron a la Cámara de Apelación Penal de Santo Domingo, iniciar un nuevo juicio contra los ex funcionarios. Habla José Calasanz Morel El licenciado José Calasanz Morel, dijo que el pleno de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) actuó con un alto criterio jurídico y lógico, atinado al caso. “Ellos valoraron en su justa dimensión las pruebas que se presentaron, el material y los daños colaterales que este produce al medio ambiente y a la salud humana”, expresó el magistrado. Dijo que llevaron el caso hasta las últimas instancias, por no estar conforme con el descargo emitido por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Duarte, y ratificado por la Corte Penal. “Los magistrados entendieron que la corte de esta ciudad de San Francisco de Macorís hizo algunas valoraciones incorrectas, al declarar que el rockash no era tóxico, lo cual descartó el laboratorio de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (Uasd) y el Laboratorio de Ciencia los cuales determinaron que es tóxico”, explicó. El rockash es un desecho industrial que contiene entre otras sustancias químicos nocivos, elementos pesados como Plomo, Vanadio, Camio que son altamente tóxicos para la salud humana y el medio ambiente. En el lugar donde se descargó esa porquería, a orillas del mar en Arroyo Barril, ha visto sufrir su flora y fauna marina, causando la muerte de muchas especies y produjo alergias en la piel y el sistema respiratorio de personas que habitaban en sus próximidades, entre ellas niños, ancianos, muchos de ellos tuvieron que trasladarse a vivir otros lugares. “No tenemos muertes confirmadas, pero sí daños a la salud”, declaró el funcionario judicial. En cuanto a los ex funcionarios, dijo que se mantiene la medida de coersión impuesta en su contra, consistente en impedimento de salida del país. |
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