Voz escrita de San Francisco y el Nordeste • 1ra. Quincena noviembre • Edición 524 • Viernes 19, de marzo del 2010

Inmigración al día

Consultas de casos de petición y derecho a Residencia en E.U.

- Agueda Vargas

Lunes.16.11.2009
“Con el espíritu sucede lo mismo que con el estómago: sólo puede confiársele aquello que pueda digerir”. Winston Churchill (1874-1965) Político británico.

PREGUNTA: Mi papá se enfermó y necesita ir de emergencia a los Estados Unidos. ¿Cómo obtengo una visa de emergencia? Mary Nim. La Vega.

RESPUESTA: La sección de visas de No-inmigrante (visas de paseo) solo fija entrevistas para los casos de pacientes que van a recibir tratamientos médicos, debe demostrar con documentos médicos que el caso lo requiere o cuando ha fallecido o está gravemente enfermo un miembro muy cercano de su familia.

Si necesita viajar con urgencia usted puede enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: sdonivinfo@state.gov o fax al 809 731-4316 explicando qué clase de emergencia usted tiene. Si su emergencia puede esperar algunos días entonces compre un pin en el Banco Popular y llame para que le den su cita y si la misma es aprobada entonces podrá pasar a recoger su pasaporte el próximo día. Debe llevar los siguientes documentos para su cita: El formulario DS-156 debidamente llenado. Una foto reciente tamaño 50 x 50, con fondo claro. Pasaporte con una validez mínima de 6 meses. Prueba de su emergencia.

Para una Emergencia Médica: Carta del doctor de la República Dominicana que explica su condición médica, el tratamiento recomendado y si este tratamiento se puede realizar en el país. Carta del doctor en los Estados Unidos donde especifica el tratamiento que recibirá, y los futuros tratamientos que se deban realiza. Carta de la administración del hospital o clínica de los Estados Unidos detallando los costos de su tratamiento. Documentos de solvencia de la persona que cubrirá los costos médicos, o carta del hospital que indique que su tratamiento ha sido pre-pagado.

Si usted ha recibido tratamiento en los Estados Unidos debe presentar evidencia de que los costos médicos han sido cubiertos en su totalidad.

 PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los EE.UU. con mi visa de turista? Joel A. Amarante, Santo Domingo.

RESPUESTA: Tener una visa de EE.UU., no garantiza la entrada a los Estados Unidos, sino que indica que un oficial consular en la Embajada o Consulado de EE.UU. en el extranjero ha determinado que un solicitante es elegible para optar por dicha visa. Sin embargo, sólo los inspectores de Aduana y Protección Fronteriza (CBP) en los puertos de entrada tienen la autoridad para admitir a los viajeros en territorio norteamericano. Recuerde que una visa de paseo es de duración corta de estadía y para obtener la renovación de su visa es importante que pueda demostrar que usted visita a los Estados Unidos de vacaciones y que tiene lazos fuertes con su país de origen. Si recientemente ha pasado mucho tiempo en los Estados Unidos, un oficial consular puede determinar que de hecho está residiendo y/o trabajando en los Estados Unidos, el cual lo descalifica para una visa de no inmigrante.

“Si has construido un castillo en el aire, no has perdido el tiempo, es allí donde debería estar. Ahora debes construir los cimientos debajo de él”. (George Bernard Shaw (1856-1950) escritor irlandés).

Dra. AGUEDA VARGAS. Calle Papi Olivier No.20 casi Esq. Colón. Para citas llamar al Telf. (809) 588-3425. Para preguntaS:
email. aguvarher@hotmail.com